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Los radares de tráfico discriminarán vehículos

Aunque la DGT aún no ha concretado la fecha en que estarán operativos los radares capaces de discriminar vehículos, sí parece tener previsto que sea durante la primavera de este año. Hasta ahora, los radares sólo se activaban cuando un turismo o una moto superaban el límite de velocidad establecido, ya que es superior al de furgonetas, camiones y autobuses. A partir de la entrada en vigor de estos nuevos radares cada vehículo podrá ser sancionado en función de la limitación específica que le corresponda.

El reglamento general de circulación vigente establece los siguientes límites para cada tipo de vía y de vehículo. En autopistas y autovías los camiones, vehículos articulados, tracto-camiones, furgones y automóviles con remolque (hasta 750 kg.) no deben superar los 90 Km/h.

 

En carretera la limitación para dichos vehículos es de 80 Km/h., en tanto que en el resto de vías fuera de poblado se sitúa en 70Km/h. Por último, el límite en vías urbanas y traviesas, para todos los vehículos, es de 50 Km/h.

 

Reducción de los márgenes de error

Junto a las medidas anteriores la DGT también ha reducido el margen de error de todos sus radares, unificando el umbral de tolerancia para todos los radares, tanto fijos como móviles. Con ello, se elimina la discriminación geográfica para el conductor en todo el territorio donde la DGT tiene competencias. Así, ha quedado descartada la horquilla de entre 10 y 20 Km/h., que estaba en vigor y, a partir de estas modificaciones, los vehículos activarán el radar cuando superen en un mínimo de 7 Km/h.

 

Limitación de velocidad (genérica o específica) 30 40 50 60 70 80 90 100 110 120
Velocidad de activación del radar 38 48 58 68 78 88 98 109 120 131

 

Según los datos correspondientes al pasado de febrero, la DGT identifica que las principales causas de infracción entre los conductores de furgonetas y camiones es el exceso de velocidad y, en segundo lugar, las irregularidades en los tacógrafos.

 

Puede ampliar esta información en nº 186 de la Revista Defensa del Conductor, pinchando en este enlace: Revista Defensa del Conductor. Marzo/Abril 2015, nº 186

 

Fuente: https://www.ueca.es