
CANJE DE PERMISOS DE CONDUCIR
El certificado médico y psicotécnico para el canje es uno de los requisitos que solicita la DGT para convalidar su permiso de conducir de su país de origen con el español.
Los nacionales de los siguientes países están obligados a realizar el certificado médico para tramitar el canje:
- Argelia
- Argentina
- Bolivia
- Brasil
- Chile
- Colombia
- Croacia
- Ecuador
- Filipinas
- Perú
- Japón
- Marruecos
- Paraguay
- Rep. Dominicana
- Uruguay
- Venezuela
El art. 15.4 del Real Decreto 818/2009 del 8 de mayo por el que se aprueba el reglamento general de conductores obliga a todo conductor con residencia en España y que haya obtenido la nacionalidad en los últimos dos años a renovar su permiso de conducir extranjero aunque este no haya vencido.
A partir del 19 de enero del 2015, esta ley también se aplica a los residentes en España con permiso de conducir de Alemania, Francia e Inglaterra. Ello también estarán obligados a realizar el canje aunque sus permisos no estén vencidos.
Los nacionales de Rumanía, Italia y Portugal no estarán obligados a realizar los certificados médicos para efectuar el canje, excepto si su carné de conducir esta vencido o le quedan tres meses para ello.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA
Canje: solo tiene que traernos su DNI ó NIE en vigor. | |
Nota: recomendamos que tenga cita previa con la DGT antes de la realización del certificado médico, porque este vencerá a los 90 días de su emisión. Para concertar dicha cita puede llamar al 060 o pinchando aquí |